La Unión Europea tiene una normativa de contaminación que deben superar todos los coches nuevos que se venden en el territorio de la unión y que se va endureciendo cada cierto tiempo para reducir las emisiones. Esta normativa es diferente según la homologación del vehículo (turismo, motocicleta, camión…). Para los vehículos tipo turismo de las homologaciones M1, M2 y los vehículos comerciales ligeros N1 y N2, en estos momentos la normativa está en su quinta evolución, y se conoce como Euro 5. La normativa Euro 6 será la siguiente evolución y está programada para entrar en vigor el 1 de septiembre de 2014 para nuevos vehículos que se homologuen, y el 1 de septiembre de 2015 para todos los vehículos que se matriculen por primera vez.
Las marcas que anuncian que sus coches superan la normativa Euro 6, están comunicando que sus coches han reducido las emisiones tanto que se han adelantado a las futuras exigencias. Por lo tanto un motor que cumpla la normativa Euro 6 será “más limpio”, pero esto no quiere decir siempre que consuma menos. Las emisiones están muy ligadas al consumo del coche, por ejemplo, las emisiones de monóxido de carbono que sirven para ajustar el impuesto de matriculación en España tienen una relación proporcionalmente directa con el número de litros consumidos. Sin embargo, las nocivas emisiones de óxidos de nitrógeno pueden rebajarse con filtros de partículas y catalizadores especiales sin tener que reducir necesariamente el consumo.
Exigencias de la normativa Euro 5 (actual):
Emisiones procedentes de los coches diésel:
- monóxido de carbono: 500 mg/km;
- partículas: 5 mg/km (o una reducción del 80 % de las emisiones respecto de la norma Euro 4);
- óxidos de nitrógeno (NOx): 180 mg/km (o una reducción del 20 % de las emisiones respecto de la norma Euro 4);
- emisiones combinadas de hidrocarburos y óxidos de nitrógeno: 230 mg/km.
Emisiones procedentes de los coches de gasolina o que funcionan con gas natural o con GLP:
- monóxido de carbono: 1000 mg/km;
- hidrocarburos no metanos: 68 mg/km;
- hidrocarburos totales: 100 mg/km;
- óxidos de nitrógeno (NOx): 60 mg/km (o una reducción del 25 % de las emisiones respecto de la norma Euro 4);
- partículas (únicamente para los coches de gasolina de inyección directa que funcionan con combustión pobre): 5 mg/km (no existía límite en la norma Euro 4)
Exigencias de la normativa Euro 6 (futura):
Todos los vehículos equipados de un motor diésel tendrán la obligación de reducir considerablemente sus emisiones de óxidos de nitrógeno a partir de la entrada en vigor de la norma Euro 6. Por ejemplo, las emisiones procedentes de los coches y de otros vehículos destinados al transporte se limitarán a 80 mg/km (lo que representa una reducción suplementaria de más del 50 % respecto de la norma Euro 5). Se reducirán, asimismo, las emisiones combinadas de hidrocarburos y óxidos de nitrógeno procedentes de los vehículos diésel (coches y otros vehículos destinados al transporte) para limitarlas, por ejemplo, a 170 mg/km.